Si tienes de 30 a 50 años seguro que ya tienes un seguro de vida con cobertura de incapacidad o estás considerando contratarlo. Especialmente si tienes cargas familiares y mayores responsabilidades económicas. Es el momento de pensar en el futuro. De valorar la posibilidad del fallecimiento o la incapacidad permanente. Casos en los que la pérdida de la capacidad productiva puede afectar, y mucho, al sostenimiento familiar.

Ese es el principal motivo para contratar una póliza de vida: evitar precisamente la desprotección familiar en caso de muerte o incapacidad.

En España,  la mayoría de los seguros de vida contratados están vinculados a préstamos o hipotecas. Una práctica común impulsada por los bancos. Aunque no es obligatorio suscribirlo, tenerlo o no sí puede influir en el interés que apliquen a nuestra deuda. Quizá de por sí, no será la póliza más solvente, ni tendrá grandes coberturas, pero sirve a su propósito. Generalmente, a cambio de la prima, la entidad aseguradora pagará la prestación estipulada si fallece el asegurado. Es la modalidad más común. También puede ofrecer garantías complementarias opcionales en casos de invalidez y accidente.

 

Lo mejor, en todo caso, es revisar bien la letra pequeña. Podemos encontrar numerosas excepciones. En este tipo de pólizas, no todo está cubierto.

 

Los precios de un seguro de vida varían dependiendo de la edad que tengas y del tipo de cobertura que desees. Aproximadamente unos 198 euros anuales si tienes 25 años, 235 euros si tienes 35 y unos 430 euros si eres una persona de 45 años.

 

El beneficiario, en caso de invalidez, suele ser el propio contratante. Y en el supuesto de fallecimiento, la persona que este designe. Lo habitual, la pareja, los hijos, los padres u otros familiares que, por ley, puedan ser herederos.

 

Entre las coberturas extras que pueden contratarse con una aseguradora, además de la invalidez permanente, hay otras como el adelanto del dinero por enfermedad grave, pago de gastos por deceso o asistencia jurídica o psicológica.

 

Con el fin de medir el riesgo de la póliza, algunas entidades aseguradoras suelen pedir un reconocimiento médico. Sobre todo si el capital que se desea asegurar es alto. Si no, en la mayoría de casos bastará con rellenar un simple cuestionario sobre tu estado de salud. Si padeces alguna enfermedad (puede ser crónica o no), también podrías hacerte un seguro de vida, aunque se estudiaría tu caso en particular; quizá, aplicándote sobreprimas, exclusiones o una limitación de garantías. No será sencillo, pero se puede conseguir.